jueves, 9 de junio de 2011

Decreto legislativo Nº 743 “For dummies”

Conversando como amigos y colegas de la realidad que afrontamos hoy por hoy, abordamos el conflicto que actualmente se está desarrollando entre los Poderes del Estado salvadoreño, nos llamaba la atención el calibre e implicaciones de dicha situación, y el hecho que el ciudadano promedio probablemente por falta de costumbre en el entendimiento y uso del “léxico jurídico” no ve el panorama completo ni termina de entender lo grave de las violaciones que están tomando lugar en contra del ESTADO DE DERECHO SALVADOREÑO, y al no entenderlo la mayoría ignora la situación, o monta una mini tertulia de cinco minutos con sus compañeros de trabajo mientras se sirven un café discutiendo con argumentos que leyó en el periódico o escuchó por la televisión, que aún no terminar de comprender, para luego descartar el tema, sea cual sea el caso, la mayoría no toma las medidas correspondientes al respecto para manifestar su INDIGNACIÓN, por el irrespeto que están cometiendo las autoridades frente a la Constitución y las leyes .

Por tal razón, convenimos en tratar de explicarlo de la manera más sencilla posible, sin citar una letanía de cuerpos jurídicos, ni leyes, ni reglamentos, ni reconocidos autores del derecho, únicamente lo básico de lo que expresa nuestra Ley Suprema: la Constitución, para ello procurando hacerlo en un lenguaje más masticable y digerible para gente interesada en las decisiones que toman frescamente sus mandatarios en su cara, pero sobre todo a los interesados en el futuro del país.

Si usted ya entendía, de igual forma esta invitado a leer, porque el espíritu de ésta modesta nota pretende que la gente que no termina de entender el problema, pueda comprender a grosso modo, analice, deduzca sus conclusiones y actúe como mejor le parezca.

En la historia de la humanidad ha sido evidente que en la dinámica de las relaciones sociales surgen cantidad de conflictos, pleitos, controversias, un cavernícola venía y sacaba del pelo a la mujer del otro y se la llevaba para siempre, después el otro le robaba el ganado, y el que lo había alimentado se iba a vengar quemando su choza, era un desastre el mundo sin reglas, en fin!... Es por ello, que con la evolución del intelecto y sentido común, el ser humano organiza sus sociedades a través de reglas, como “No matarás”, “No robarás”, “No cometerás fraude”, etc., reglas que han ido evolucionando conforme el comportamiento social, reglas que buscan el bienestar de la mayoría, reglas básicas para poder llegar a un entendimiento y poder convivir y disfrutar de la vida, para que cada quien tenga la libertad de decidir su destino sin molestar a su vecino, el fin de organizarnos es vivir en paz y vivir nuestra vida felices, según nuestro concepto subjetivo de felicidad, el fin el es ser humano, el fin es que se respete la esfera que rodea a cada individuo.

De tal forma, en El Salvador tenemos un Estado que organiza nuestra sociedad, no hay Estados Federales ni Confederaciones de Estados, solo tenemos uno, conforme la Constitución, y, ¿qué es la Constitución? Es el lugar principal donde encontramos las reglas básicas (normas jurídicas) de El Salvador, aquí nace el orden político, social, económico y jurídico de nuestro país, y en éste mágico lugar donde están las reglas básicas que solucionan nuestros problemas de todo tipo de orden, se estableció que el Estado Salvadoreño es un Estado soberano, dicha SOBERANÍA que reside en el pueblo, en otras palabras, el poder del Estado Salvadoreño está en manos de los ciudadanos, porque son ellos quienes eligen a las personas que estarán tomando las decisiones “en aras” de los intereses que más convengan al pueblo.

En nuestro Estado la forma de Gobierno es Republicano, Democrático y Representativo, y este sistema político en que se organiza el Estado y se activa el Gobierno, que recordemos es creado también a través de la famosa Constitución, dice que la única forma para que el pueblo tome las decisiones estatales es a través de: los partidos políticos. Nos siguen? Muy bien. En principio, estos partidos políticos representan nuestros intereses.

Ahora bien, ¿Qué es el Estado de Derecho? El ESTADO de DERECHO existe en aquel Estado en el que sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un derecho vigente, o sea aquel en el que sus funcionarios o mandatarios están regidos por LA LEY, comenzando por las reglas básicas, las normas jurídicas constitucionales, pues precisamente en la Constitución, expresamente dice que: “Los funcionarios son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley”, esto quiere decir que las personas que elegimos democráticamente en nuestra representación solo pueden hacer lo que dice la Constitución y el resto reglas (normas jurídicas) aplicables. En pocas palabras en un Estado de Derecho se respeta la Ley!

Además de tener a la Constitución como la Ley Suprema, como parte de un Estado de Derecho, nosotros el pueblo ejercemos el poder estatal por medio de 3 Órganos o Poderes que son fundamentales en la organización del Gobierno salvadoreño, gracias al Barón de Montesquieu, quien hace ya unos siglos ideó la Teoría de la Separación de Poderes, que ha sido aceptada e implementada en muchas Constituciones mundialmente. Estos Órganos actúan bajo la condición que cada uno de ellos tiene diferentes funciones, cada quien hace su trabajo, evitando así que uno solo de estos acapare todo el poder estatal, evitando un monopolio de poder. Dichos ÓRGANOS o PODERES son:

ÓRGANO LEGISLATIVO: es la Asamblea, o sea los Diputados, los mal llamados “Padres de la Patria”; quienes supuestamente “representan al pueblo entero”, y su función principal es la de elaborar y modificar las leyes existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos; ciudadanos que aunque se a ellos se les olvide son quienes democráticamente los hemos elegido para representarnos.

ÓRGANO EJECUTIVO: lo conforma básicamente el Presidente y sus Ministros, y la CONSTITUCIÓN menciona como la primera de sus obligaciones la siguiente: Cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados, las leyes y las demás disposiciones legales.

ÓRGANO JUDICIAL: está conformado por la Corte Suprema de Justicia, las Cámaras de Segunda Instancia y los demás Tribunales. Su función principal es: administrar justicia en la Sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos, es decir juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en todas las materias que determine la ley, principalmente en materia CONSTITUCIONAL.

Una vez conocidas estas nociones básicas, fuente de cualquier Estado de Derecho es que podremos entender en donde radica el actual abuso del ORGANO LEGISLATIVO y porque han resultado tan indignantes sus acciones violatorias a nuestra Ley Suprema, la Constitución

MAGIA! SE HIZO EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 743:


La Asamblea para poder crear leyes, debe seguir un procedimiento previamente establecido en la Constitución y desarrollado en la legislación secundaria (en otras reglas o normas), que comprende varias fases: fase de iniciativa de ley, fase legislativa y fase ejecutiva, y es por medio de dicho procedimiento que se oye la voz de los ciudadanos salvadoreños, es por el respeto a dicho procedimiento que se legitima el actuar de los funcionarios públicos, si! Aquellos que nos están representando, tienen que seguir el 1, 2 y 3 para decir listo! Respetamos a los ciudadanos y las reglas del juego!

El procedimiento de formación de ley pretende garantizar que las gestiones encaminadas a crear una ley sean depuradas de forma objetiva, es decir, que exista un debate sobre las premisas que concluyen el establecimiento de las normas jurídicas (reglas) que conformaran en conjunto una nueva ley, hay que estudiar las implicaciones de cada premisa (el porque 1+1 es 2), hay que analizar el alcance de esas nuevas normas si es que se van a aplicar o no, si respetan lo establecido en la Constitución, si no afectan los derechos de los ciudadanos, hay que analizar las razones que justifican la emisión de esa ley; y, si es en materia constitucional, si es una reforma que regulará el ente que protege nuestra Constitución, nos suena a estancamiento en el debate por varios años, pareciera que esa deliberación suena bastante compleja no? No! No parece, lo ES! Es un análisis demasiado complejo para tomarlo a la ligera, para hacerlo express! Hay que revisar muchas normas, es una ardua labor la que hemos puesto en manos de los diputados, pero ellos están velando por nuestros intereses, verdad? Y son sabedores de la ley! Porque ellos las crean! Saben! Sobre todos nuestro Presidente…o no saben?! o no les importa?!

De hecho, si pueden hacer normas “express”, pero solo cuando hay una urgencia objetivamente demostrable y que esté debidamente justificada, para que la “dispensa de trámite” se de, también debe de seguirse el procedimiento, que tampoco aplicaba al caso.

Algo curioso de la aprobación del infame Decreto, es el período de vigencia del mismo, justamente lo emiten con vigencia hasta la fecha en que termina el período para el cual fueron electos los actuales magistrados de la Sala de lo Constitucional. Casualidad? Lo dudamos! Es totalmente dirigido.

El mismo día que se aprobó el D.L. Nº 743 se aprobó el D.L. Nº 725 que contiene las Reformas a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, la las reformas a la LACAP, en esta Ley se regula cuales son las reglas del juego para que el Estado pueda comprar 200 uniformes, 1,000 libras de café, tres tractores, 2 porta contenedores, lo que sea, para adquirir y contratar bienes y servicios, para poder adjudicar contratos de suministros, de ejecución de obra, y estas reformas se estuvieron discutiendo desde el 2009, si no es que antes, lo pueden verificar por Internet fácilmente si gustan, se publicaron varias críticas que se hacían a las reformas, y de hecho se tuvieron a la vista para análisis y modificaciones varios anteproyectos de ley, y eso para regular compras, se tomaron años, ustedes no consideran que es algo bizarro el hecho que regular un tema tan sensible jurídicamente como la forma en que resuelve la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (Órgano Judicial) sea reformado por la Asamblea (Órgano Legislativo) mediante un proceso de formación de ley “express”?!!!! Reformas al Órgano Judicial caliente, abran paso! gritaron los diputados! Ey mi libertad no es una cosa para que le den tratamiento absurdo e irrespetuoso?! Y la de ustedes!?

No hay cristales para ver cómo sucedió la aprobación del D.L. Nº 743, está claro, fue claro, no siguieron el procedimiento constitucional para formación de ley, pasaron sobre lo dispuesto en la Constitución para reformar la competencia de un Órgano que defiende la Constitución, irrespetaron la Constitución en nuestra cara, en vivo! La Asamblea y el Presidente! Se imaginan que la Sala de lo Constitucional reforme la forma de resolver de los Diputados en la Asamblea Legislativa, pidiéndoles que todos deben estar de acuerdo para aprobar o modificar una ley? Si ellos no fueron elegidos por todos los ciudadanos pero si por la mayoría. El Presidente no sanciona la Ley en el tiempo que establece la Constitución, no la analiza, solo la aprueba, y a él lo eligieron todos y cada uno de los salvadoreños? No. Fue la mayoría. Cómo pretenden, en que cabeza cabe que 5 Magistrados estarán de acuerdo en una resolución sobre inconstitucionalidad, si los Magistrados para resolver también deben, y así lo hacen, fundamentar sus resoluciones en derecho, salvaguardando lo establecido por la Constitución.

Muchos en el país son fanatiquísimos del fútbol, lo viven, sudan, gritan, y cómo es posible y la FIFA dice que qué, y el árbitro lo otro, sin embargo, estimadísimos este no es un deporte, en ESTE juego se emitió una ley, y son reglas que nos afectan a todos, son MAS importantes en el futuro del país que las que ven por la televisión entre patada y portería, en este juego se está jugando el respeto que tendrán en el futuro a los derechos constitucionales, el derecho a la vida, al trabajo, a la integridad física y moral, a la libertad, al de propiedad y posesión, el derecho a que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni a privarse de lo que ella no prohíbe, a que podamos expresarnos libremente como se nos venga en gana, a que todos somos iguales ante la ley, etc. etc.

Con la aprobación del D.L. Nº 743 han manchado la bandera de El Salvador que reza: “Dios, Unión, Libertad”, esa es unión para los mandatarios!? Unión con quienes los elegimos!? NO! No lo es! Y esa es la indignación que se pretende manifestar mediante esta nota. Violaron nuestra seguridad jurídica! La aprobación del D.L. Nº 743 se hizo saltando el 1, 2 y 3 que nos garantiza que los funcionarios están actuando legalmente, por ESO es INDIGNANTE!

M.J.A.E.

No hay comentarios:

Publicar un comentario