viernes, 17 de agosto de 2012

Pronunciamiento de IndignadoSV


 Pronunciamiento de IndignadoSV ante la crisis institucional que atravieza nuestro país.

a) Que desde el año 2009 nuestro país cuenta con una Sala de lo Constitucional que ha demostrado independencia y valentía al momento de dictar sentencias, con trabajo resolviendo la mora judicial y cuyo presidente de Sala y CSJ en su momento tomó medidas administrativas encaminadas a la austeridad y combate de la corrupción en el Órgano Judicial encontrando resistencia de algunos magistrados.

b) La Sala de lo Constitucional a partir de la conexión del artículo 183 de nuestra Constitución con el art. 172 inciso 1° frase 2ª, declaró inaplicable la orden de la Corte Centroamericana de Justicia al suspender los efectos de las sentencias emitidas por la primera, reiterando el cumplimiento de las sentencias emitidas a las quince horas del cinco de junio de dos mil doce - Inc. 19-2012 - y de las quince horas con cuarenta minutos del día cinco de junio de dos mil doce - Inc-23-2012. Resolviendo que la orden del organismo regional es inaplicable porque la Sala de lo Constitucional es el único tribunal salvadoreño que puede determinar si alguna actuación es inconstitucional o no. Además, ordenaron a la Asamblea Legislativa el cumplimiento de las sentencias que la obligan a realizar de nuevo la elección de magistrados de la CSJ elegidos en 2006 y abril de 2012.

c) Que la Corte Centroamericana de Justicia es considerada, a partir del artículo 1 del Convenio de Estatuto de la CCJ, un órgano supranacional que goza de facultades propias atribuidas por los Estados signatarios, con lo que se constituye en un órgano jurisdiccional independiente y autónomo que vela por la correcta aplicación e interpretación del derecho comunitario del Sistema de Integración Centroamericana y que en ningún momento se le atribuyeron facultades para conocer de inconstitucionalidades.

d) Que para hablar de supranacionalidad en un órgano comunitario como la CCJ se requiere de objetivos comunes, estructura institucional con competencia y poderes, donde uno de los principales elementos que la caracterizan es que su funcionamiento sea independiente y no responda a instrucciones de gobiernos partes. Por tanto es evidente que la CCJ no tiene la competencia para conocer de materia constitucional, al no habérsele transferido de manera suficiente para ejecutar y dirimir lo referente a los fines comunitarios, no hubo tal cesión de soberanía a cambio de beneficios para el país.

e) Que así como rechazamos la intervención de la Corte Centroamericana en esta materia, tampoco aceptamos que algunos grupos incentiven la injerencia extranjera solicitando la suspensión o revisión de la cooperación afectando a muchos salvadoreños.

f) El artículo 186 de la Constitución es claro al decir que “los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia serán elegidos por la Asamblea Legislativa para un período de nueve años, podrán ser reelegidos y se renovarán por terceras partes cada tres años”. Y en ningún momento les faculta para que una misma legislatura elija dos veces, en virtud del art. 86 inciso final que de manera precisa dice que “los funcionarios del Gobierno son delegados del pueblo y no tienen más facultades que las que expresamente les da la ley.” En todo caso es a los ciudadanos que corresponde ejercer las facultades del artículo 8 manifestando que “nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni a privarse de lo que ella no prohíbe”.

Por tanto manifestamos:

1) La Sala de lo Constitucional es quien tiene la última palabra respecto a la interpretación de la Constitución salvadoreña, es la intérprete vinculante de última instancia debido a su papel de guardián último de la constitucionalidad al tener la responsabilidad de clarificar la extensión y alcance de las disposiciones constitucionales.

2) No reconocemos la competencia de la Corte Centroamericana de justicia en virtud del Artículo 183 de nuestra Constitución.

3) Lamentamos el rol del mediador que con la apertura de mesa de negociación ha servido solamente para distraer a los ciudadanos y a los organismos internacionales, con más de 15 reuniones, sin demostrar voluntad clara de parte de los partidos políticos.

4) Denunciamos la conspiración y ataques hacia los magistrados provenientes de los partidos políticos y de manera abierta de los diputados.

5) Que desde junio de 2011 con el surgimiento del Decreto 743 se está intentando desarticular a la Sala de lo Constitucional, prestándose para ello, el Presidente de la República al sancionar decretos exprés, negando publicaciones a la Sala en el Diario Oficial.

6) Apoyamos a los 4 magistrados de la Sala de lo Constitucional, cada uno con amplia trayectoria en distintas materias como en derechos humanos, derecho constitucional e identificados con causas justas.

7) Que las únicas ganadoras son las cúpulas partidarias que intentan repartirse una vez más los cargos, siendo el gran perdedor el pueblo salvadoreño que les legitimó. Así como también los diversos problemas que enfrenta el país.

8) Que están repitiendo todo lo malo que se hizo en el pasado y que tanto criticaron en su momento.

9) Condenamos el asalto a las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia y el uso de cerrajero para tomar las oficinas de la presidencia y otros despachos de magistrados.

10) Que lo ideal es elegir candidatos a magistrados con las características y procedimientos que manda la Constitución, así mismo es necesario mejorar los procesos de selección de candidatos a magistrados de la CSJ desde su origen.

11) Exhórtanos a los partidos políticos ponerse de acuerdo en la Asamblea Legislativa.
12) Que la solución a esta crisis está en el cumpliendo de sentencias pronunciadas por la Sala de lo Constitucional, debiendo garantizar la independencia e idoneidad de los magistrados y propiciar el entendimiento de los mismos dentro de la Corte Suprema de Justicia.



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